La cuestión de la criminalización de la ocupación no es nueva. Se lleva tiempo hablando de la ofensiva contra la ocupación, que se lleva a cabo a través de diferentes mecanismos; medios de comunicación de masas, reformas jurídicas, despliegue y desarrollo de servicios parapoliciales, etc. A través de estos mecanismos, se está dando en general una ofensiva contra la ocupación y en concreto contra los espacios de control proletario. Y es que nos encontramos en un momento en el que el Capital necesita una reestructuración social para recuperar la rentabilidad.
Para ello, se están llevando a cabo reformas jurídicas, políticas y sociales que establecen las condiciones para reiniciar la nueva fase de acumulación. En la realidad determinada por la crisis capitalista, la citada reestructuración se lleva a cabo también mediante la intervención del Estado, ya sea para el establecimiento de las condiciones del modelo de vida que se adapte a esta nueva fase de acumulación, ya sea estableciendo mecanismos para evitar o castigar las situaciones de resistencia e inseguridad que pudieran surgir en todo este contexto. Dentro de esto podemos situar las reformas legislativas que está llevando a cabo el gobierno PSOE-Podemos. En concreto, a través de este texto, me referiré a los últimos cambios que se pretende llevar a cabo en torno al delito de usurpación y su relación con la deriva totalitaria del Estado.
En primer lugar, me gustaría recordar que no es la primera modificación legislativa de los últimos años. En 2018 entró en vigor la denominada Ley antiokupa. Mediante esa ley se establecía el apartado 3 bis del artículo 447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Con ese nuevo apartado, se abría la posibilidad de que una demanda se interpusiera contra los "ignorados ocupantes", pudiendo interponer la demanda sin identificación previa y, sobre todo, contra un espacio en general. De esta forma la acción se emplea contra quien viva o esté presente en cada momento en el espacio. Además, a través de la demanda, el propietario puede solicitar la devolución inmediata del espacio ocupado, tras lo cual se concede un margen de cinco días a quien se encuentre dentro de ella, para que presente un título legítimo. Transcurrido ese tiempo y a falta de título, el juez dicta orden de desalojo. Mediante este mecanismo se logró acelerar el procedimiento para obtener la orden judicial de desalojo de espacios ocupados.
Tras ello, la Fiscalía General del Estado publicó la instrucción del 15 de septiembre de 2020. Con ella, entre otras cosas, se abrió la posibilidad de adoptar una medida cautelar en los delitos de usurpación. Así, las personas físicas, las personas jurídicas de carácter público y las entidades sin ánimo de lucro pueden solicitar el desalojo cautelar junto con la interposición de la denuncia, reduciendo la posibilidad de desalojo a unos pocos días.
La última propuesta de modificación legislativa del PSOE, presentada hace unas semanas, permite desarrollar la instrucción dictada por la Fiscalía del Estado en 2020. De hecho, se pretende incorporar el apartado 544 sexies en la Ley de Procedimiento Criminal: el juez o tribunal podrá acordar el desalojo, en el plazo máximo de 48 horas, a petición del propietario (cualquiera que sea; gran propietario, fondo buitre, banco, etc.) a contar desde la solicitud o la remisión del atestado policial. A diferencia de lo que ocurría hasta ahora, a través de este mecanismo los grandes propietarios y empresas privadas podrán solicitar la medida cautelar, minando drásticamente las posibilidades de ocupación legítima.
Sin embargo, la propuesta del PSOE no ha sido la única propuesta de ley cuyo objetivo es castigar el delito de usurpación o la cuestión de la ocupación. Las modificaciones y medidas propuestas hasta ahora por los diferentes grupos parlamentarios son, entre otras, las siguientes. Primero, el grupo parlamentario En Comú añade a la propuesta del PSOE que las administraciones municipales puedan adoptar medidas para desalojar espacios. Por otro lado, el PP propone ampliar la pena del delito de usurpación, para que, desde la imposición de una multa, se puedan imponer penas de prisión de 6 a 18 meses. También ha propuesto facilitar mecanismos para que los vecinos puedan realizar desalojos y establecer la imposibilidad de empadronarse en espacios ocupados. Además, quiere privar a las viviendas ocupadas de la condición de domicilio, negándoles el derecho a la intimidad y, por tanto, la cobertura jurídica del inmueble. En cuanto a VOX, lo que diferencia su propuesta del resto de propuestas es que la pena de cárcel aún es mayor y quiere dar competencia a la policía para acceder en cualquier momento a los espacios ocupados sin orden judicial.
Lo que se golpea con todas estas medidas y mecanismos jurídico-políticos es el control proletario sobre los espacios. Y eso no se puede entender más que en el contexto de crisis capitalista. El proceso de proletarización y la solución totalitaria que se le está dando a ésta atraviesan la ofensiva contra la ocupación. Así, el desempleo generalizado, el aumento de los precios de los productos básicos, el empeoramiento de los servicios públicos, etc. niegan a la clase trabajadora los medios de vida básicos. Y ésta, sin las condiciones mínimas de subsistencia, tiende a la expropiación directa de los mismos. En esta situación, los partidos políticos, lejos de combatir el empobrecimiento, dan salida policial y penal a esta tendencia expropiatoria. Prueba de ello es la modificación para sancionar el delito de hurto con penas más altas, el aumento de los presupuestos policiales o la última propuesta para llevar a cabo la reforma del código penal, que abre la posibilidad de sancionar con penas de prisión de 3 a 5 años las diferentes situaciones de tensión o altercados que se puedan dar en movilizaciones y protestas multitudinarias. En ese contexto general, la ofensiva contra la ocupación y concretamente las propuestas de ley que han presentado el PSOE y el resto de partidos vienen a ello: a eliminar el control proletario sobre los espacios.
En esta situación es necesario desarrollar la defensa de los espacios de control proletario. Para ello, debemos tener en cuenta que si en la sociedad capitalista la clase trabajadora ha adquirido derechos para la defensa de sus intereses, éstos se han materializado por el hecho de haber favorecido a ella la correlación de fuerzas entre clases. Es decir, el proletariado ha adquirido por sí mismo las mejoras de las condiciones que limitan el campo de lucha. Como se ha dicho anteriormente, en este momento y a través de las reformas ya mencionadas, se está estrechando ese campo de batalla, con una clara tendencia al totalitarismo estatal. Ante todo esto, tenemos claro que la propia existencia de espacios bajo control proletario será consecuencia de la organización y lucha constantes. Es más, los espacios de control obrero son necesarios para el desarrollo de la organización independiente de la clase trabajadora y del proceso socialista. Por eso nos encontramos en el momento de señalar y denunciar las propuestas de ley tanto del PSOE como del resto de partidos y la ofensiva contra la ocupación en general. Por todo ello, es imprescindible participar en las movilizaciones que se harán en Gasteiz e Iruñea el 10 de diciembre.